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“Con la muerte cruzada existen muchos vacíos normativos, se hará camino al andar”

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Emilio Suárez, abogado especialista en materia constitucional y catedrático universitario, responde una serie de preguntas que surgen luego de que el Presidente de la República decretara hoy la disolución de la Asamblea Nacional.

17 Mayo de 2023 12.17

El primer Podcast de Forbes Ecuador llega en un momento crucial del país: el decreto de la muerte cruzada firmado este miércoles 17 de mayo de 2023 por el Presidente de la República, Guillermo Lasso. Para entender las implicaciones de esta acción jurídica Forbes Ecuador conversó con Emilio Suárez, abogado especialista en materia constitucional y catedrático universitario.

Para Suárez el escenario de la muerte cruzada es complicado. “El Presidente no ha hecho algo inconstitucional, pero estamos ante un escenario que diezma la institucionalidad del país. Atravesamos por una situación complicada en estas horas”.

Este abogado explica que con la muerte cruzada se viene un proceso electoral que será convocado por el Consejo Nacional Electoral y que durará cerca de 180 días teniendo en cuenta la segunda vuelta electoral para elegir Presidente de la República y Asambleístas para completar el actual período. “Es decir que las autoridades electas durarán cerca de un año y medio en sus funciones”.

Para Suárez todo lo que vendrá de hoy en adelante, con el decreto de la muerte cruzada, “es algo nuevo y se hará camino al andar, porque hay muchas inquietudes y muchos vacíos normativos en torno a la aplicación de esta figura”. Uno de los vacíos que menciona es si para posesionar a las autoridades electas habrá que esperar a mayo o a la proclamación de los resultados electorales.

¿Es posible que la Corte Constitucional bloquee el decreto de la muerte cruzada? Según este constitucionalista, esa pregunta está sujeta a mucho análisis “No cabe una garantía jurisdiccional, una acción de protección, un habeas corpus o medidas cautelares. Sí podría cuestionarse (el decreto) con una acción de inconstitucionalidad, pero eso implica que alguien presente una demanda y eso lo puede presentar cualquier persona”.

Las preguntas se multiplican: ¿Están bien sustentadas las dos alegaciones del decreto: crisis política y grave conmoción interna? ¿El Presidente puede terciar en las nuevas elecciones? ¿Podrá crear nuevas instituciones públicas? En caso de movilizaciones sociales, ¿podrá disponer estado de emergencia, toque de queda, uso de la fuerza, ley marcial?. Las respuestas a estas y otras interrogantes están en nuestro Podcast Forbes Now. (I)

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