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Esta tarifa se aplica en todas las transferencias al exterior a través de medios bancarios, traslados de divisas por puertos, aeropuertos o pasos fronterizos del país o envíos de divisas a través de empresas de courier.

26 Marzo de 2024 22.29

La nueva tarifa del 5 % del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) se aplicará a partir del 1 de abril de 2024 de acuerdo con el artículo 11 del Código Tributario. La elevación de este impuesto se estableció en la Ley Orgánica para enfrentar el Conflicto Armado Interno, la Crisis Social y Económica, publicada en el Registro Oficial 516 de 12 de marzo de 2024.

Esta tarifa se aplica en todas las transferencias al exterior a través de medios bancarios, traslados de divisas por puertos, aeropuertos o pasos fronterizos del país o envíos de divisas a través de empresas de courier.

El Servicio de Rentas Internas (SRI) recuerda a la ciudadanía que se mantienen en vigencia exenciones por tres salarios básicos (USD 1.380) en traslados fuera del país, tres salarios básicos (USD 1.380) en transferencias de divisas por año, y hasta USD 5.017,33 por pagos al exterior mediante tarjetas de crédito, entre otras, previstas en el artículo 159 de la Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria en el Ecuador. (I)

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