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Synlab obtiene la aprobación para comprar Corporación Multigamma S.A.

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La Superintendencia de Control del Poder de Mercado autorizó la operación. El organismo considera que no se genera riesgos para el mercado competitivo en el mercado de laboratorios de análisis clínico en el país, principalmente en sus operaciones dentro de la provincia de Manabí

09 Mayo de 2022 13.05

La Superintendencia de Control de Poder de Mercado (SCPM) aprobó el pasado 29 de abril de 2022 la compra de la totalidad de las acciones de Corporación Multigamma S.A. por parte de la empresa Synlab S.A.S. Esta empresa notificó al ente de control la intención de compra, el pasado 28 de octubre de 2021.

De acuerdo con el comunicado de prensa de la SCPM, la transacción “implica un cambio de control que otorgará a Synlab S.A.S. el derecho y capacidad de intervenir en el giro de negocio de Corporación Multigamma S.A. por lo que se configura en una concentración económica”.

Synlab S.A.S. es una sociedad constituida en Ecuador, dedicada a la prestación de servicios de laboratorio de análisis clínico a terceros prestadores de la salud para diagnosticar, tratar y prevenir afecciones o enfermedades a la salud humana, a nivel nacional.

Por su parte, Corporación Multigamma S.A. es una sociedad ecuatoriana que tiene como giro de negocio la prestación de servicios de análisis clínico a terceros laboratorios y pacientes ambulatorios, principalmente en los cantones Bahía de Caráquez, Portoviejo y Manta, de la provincia de Manabí.

El 29 de abril pasado, la Comisión de Resolución de Primera Instancia (CRPI) de la SCPM resolvió autorizar la operación de concentración económica entre ambas empresas, al considerar que la misma no genera riesgos para el esquema competitivo.

Con relación a los servicios de laboratorio de análisis clínicos prestados, la Comisión comprobó que el cambio en las cuotas de participación posterior a la transacción no generaría una disminución, distorsión u obstaculización de la libre concurrencia de los operadores económicos, además que no disminuye los niveles de competencia en el mercado de laboratorios de análisis clínico dentro de la Red Integral de Salud Pública. (I)

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