Presidente Noboa envía cuatro preguntas a la Corte Constitucional
El Jefe de Estado, Daniel Noboa, envió el 13 de agosto a la Corte Constitucional un documento con cuatro preguntas para su control constitucional, que serían sometidas vía referendo y consulta popular a los ecuatorianos

El presidente Daniel Noboa presentó ante la Corte Constitucional (CC) del Ecuador una solicitud de control previo constitucional para someter a referéndum cuatro preguntas de enmienda a la Constitución. 

El objetivo es que la Corte determine si estas reformas pueden tramitarse por la vía de enmienda y si cumplen con los requisitos de constitucionalidad. Los temas son contratación por horas en el sector turístico, reducir el número de asambleístas, transferir y adecuar los deberes y atribuciones del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social a otras instituciones, y el control político de los jueces de la CC.

Las cuatro preguntas llegaron con los respectivos anexos en un documento de 34 páginas, con fecha 13 de agosto de 2025

Pregunta1: ¿Está usted de acuerdo con permitir la contratación laboral por horas, únicamente para el sector de turismo, siempre que se trate de la primera relación laboral, garantizando los derechos laborales y respetando los derechos adquiridos de los trabajadores, enmendando la Constitución de conformidad con el Anexo de la pregunta?

Pregunta 2: ¿Está usted de acuerdo con reducir el número de asambleístas y para ello modificar el sistema de elección, enmendando la Constitución de conformidad con el Anexo de la pregunta?

Pregunta 3: ¿Está usted de acuerdo con transferir y adecuar los deberes y atribuciones del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social a la Asamblea Nacional, Defensoría del Pueblo y Contraloría General del Estado, y como consecuencia de esto, suprimir el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, enmendando la Constitución de la República del Ecuador de conformidad con el Anexo de la pregunta?

Pregunta 4: ¿Está usted de acuerdo con que los jueces de la Corte Constitucional sean también considerados como autoridades sujetas a juicio político, enmendando la Constitución de conformidad con el Anexo de la pregunta? (I)