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El narcotráfico es una amenaza común imposible de ser disuadida, ni factible ser afrontada por uno solo país, por lo que demanda cooperación conjunta para aumentar la seguridad y hacerla reciproca para los países de la región.

12 Septiembre de 2025 16.20

La instalación de una base militar provista de fuerzas extranjeras constituye materia de reforma constitucional, la cual, aun siendo aprobada por la Asamblea Nacional, requiere de un referéndum popular para modificar el artículo 5 de la Constitución y permitir su presencia en el país con el propósito de cooperar en la lucha contra el crimen organizado y el narcotráfico, amenazas, comunes, no estatales transnacionales.

Con este proceso político, jurídico, democrático resulta inoficioso tratar de armar un conflicto suma cero en torno a la defensa de la soberanía absoluta, aspecto históricamente resuelto desde la aceptación de la soberanía limitada y de la pertenencia por decisión soberana, del Estado en el ambiente multilateral del sistema internacional.

 No se desconoce sin embargo la posible dependencia estratégica que se puede generar, pero que se puede regular con relación a la Fuerza Militar visitante. 

Es también importante considerar que los procesos de interdependencia ampliada de los países en la era actual, debido a la economía, comercio, tecnología, comunicación causan una reducción del control centralizado de los países en el sistema internacional,  como lo advierte Karl Deutsch, razón la cual resulta imperativo centrar la atención en los procedimientos y normas para el funcionamiento del sistema, y de esta manera evitar la ineficiencia demostrada por la ONU, ante los múltiples conflictos de la actualidad.

De manera similar si se trata de aprovechar la integración regional de los países en beneficio de seguridad cooperativa de mutuo beneficio, es imprescindible centrar la normativa y procedimientos para limitar la dependencia estratégica extranjera, sobre todo cuando se trata de instalación de bases militares con presencia de fuerza extranjera, ciñéndose como es evidente al artículo 425 de la Constitución en el orden de precedencia de los instrumentos para la estructura política del Estado.

Por consiguiente, para el control de la seguridad cooperativa que se quiere aplicar, de inicio se debe emitir una Política de Defensa Nacional preparada por el Ministerio de Defensa, en la que se establezcan el propósito de la seguridad nacional, los objetivos estratégicos que se persiguen: defensa, seguridad, cooperación, protección de la población, de áreas estratégicas, control de tráfico de ilícitos y combate al narcotráfico, basados en el Derecho Internacional y los límites legales.

Seguidamente se debe prever como limitar la dependencia estratégica extranjera de nuestras Fuerzas Armadas, para lo cual se debe establecer los límites al ejercicio del mando de la fuerza extranjera. Se debe concebir un consejo directivo para la toma de decisiones, con un estado mayor combinado, para la dirección y coordinación de las operaciones militares autónomas, coordinadas y combinadas, según necesidad de empleo de la fuerza. 

Se deben establecer Normas de Comportamiento y Reglas de Enfrentamiento ROE, medidas de coordinación civil-militar, canales de comunicación oficial y los aspectos básicos de derechos humanos y de responsabilidad internacional, así como mecanismos de reparación para víctimas, de ser necesario.

Solamente cuando se hayan establecido previamente estos parámetros, se puede pasar a la firma de acuerdos de ejecución; mediante convenios marco y tratados con una duración estimada, finalidad precisa, delimitación geográfica para la presencia y operación militar a ser cumplida.

La Política de Defensa Nacional debe incluir los aspectos administrativos y logísticos más importantes, como la infraestructura estimada y de uso permitido, regulaciones y beneficios relacionados con tasas, impuestos, aduanas, inmunidades y aspectos relacionados con jurisdicción civil, que se incluyen en los acuerdos de Estatuto de Fuerza SOFA, así como los detalles técnicos, logísticos y operacionales contemplados en el Memorándum de Entendimiento MOU.

El liderazgo estratégico presupone la existencia de una autoridad, para dirigir y organizar desde el nivel jerárquico superior y así evitar iniciativas inconexas y extralimitadas.

El Consejo de Gobierno del régimen Especial de Galápagos, por ejemplo, aprobó un Proyecto de Seguridad Integral para la Región Insular, desconociendo que la seguridad nacional es indivisible y geográficamente para un empleo estratégico centralizado, bajo autoridad política del Ministerio de Defensa y de planificación estratégica del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas.  

Por consiguiente, El Consejo no tiene facultad para aprobar un proyecto de seguridad integral para la región insular, ni autorizar construcciones, facilidades en puertos y aeropuertos locales, 

No se puede dar un plazo al Ministerio de Defensa Nacional, para que presente un informe técnico e instructivo para cumplimiento de los buques y aeronaves de Fuerzas Armadas, ni disponer la presentación de un instructivo para la aplicación de los acuerdos de cooperación entre Ecuador y Estados Unidos.

Los diferentes aspectos de seguridad y coordinación entre Ecuador y Estados Unidos de haberse establecido deben ser determinados dentro de un contexto general a nivel nacional e internacional en el marco de los respectivos ministerios de defensa y de relaciones exteriores.

Hasta el momento con los Estados Unidos se han firmado cinco acuerdos: de Asociación, de interceptación aérea, interceptación marítima transnacional, de Estatuto de Fuerza, de compartición de inteligencia y datos terroristas y de Cooperación con Marco Rubio, habiéndose tratado además de la posibilidad de instalar una base militar con invitación.

Es oportuno, por tanto,  establecer una Organización de Seguridad y Cooperación Multidimensional OSCM, cuya estructura tiene condiciones necesarias, como basarse para su implementación en un sistema anterior existente, como es el caso de la estrategia de seguridad común regional ESCR, con el apoyo de los Estados Unidos con los aviones P-3 para la exploración aeromarítima, dándose continuidad a los ejercicios GALAPEX III como el realizado en julio del 2024 para la cooperación y la interoperabilidad entre armadas de diversos países en operaciones de seguridad marítima.  

Se han desarrollado tres ejercicios y maniobras de navegación, en cooperación con Colombia y Perú, para la seguridad marítima y vigilancia de los espacios acuáticos fronterizos en mayo de este año.

El narcotráfico es una amenaza común imposible de ser disuadida, ni factible ser afrontada por uno solo país, por lo que demanda cooperación conjunta para aumentar la seguridad y hacerla reciproca para los países de la región.

Por esta razón la seguridad cooperativa según William J. Perry, es la preparación para contrarrestar a las amenazas y prevenir a las amenazas que surjan.  (O)

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