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Las aspiraciones del inversionista extranjero

Mario Prado

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Para los inversionistas, “la política fiscal es un factor importante, pero no el más relevante” al momento de tomar una decisión de inversión extranjera.

28 Julio de 2021 11.11

La inversión extranjera directa (IED) ha sido esquiva con el Ecuador; en un periodo de 21 años (2000 a 2020) ha recibido un total de US$ 14.293 millones, un promedio anual de US$ 680 millones; algo más del 50% de este flujo se ha concentrado en tres actividades (comercio, explotación de minas y canteras e industria manufacturera). En el mismo periodo Ecuador ha sido receptor de la inversión  de 139 países, pero el 90% de la IED recibida ha provenido de 19 países, donde Brasil, Canadá, China, España, México acumulan más de US$6.645 millones, los denominados paraísos fiscales o jurisdicciones de menor imposición comprenden US$ 4.400 millones y Colombia, Chile, Inglaterra, Italia, Perú aportan con US$ 1.796.975,70. En términos de PIB, la participación de la IED ha sido pobre, salvo el periodo 2001-2004 que  llegó a representar hasta el 3,3%, en los periodos posteriores ha fluctuado en torno al 1%.

La pregunta recurrente ha sido: ¿por qué Ecuador no resulta atractivo para los inversionistas extranjeros? Las respuestas han sido múltiples. Una primera explicación está en la visión constitucional respecto a la IED, mientras la Constitución de 1998 permitía la celebración de contratos con inversionistas para garantizar que los convenios no sean modificados por leyes u otras disposiciones que afecten sus cláusulas, la Constitución de 2008 impuso limitaciones y optó por establecer que la IED se orientará según las necesidades y prioridades definidas en el Plan Nacional de Desarrollo. 

Se han expuesto otras razones para justificar la baja preferencia de los inversionistas por el Ecuador: los elevados impuestos, el 15% de participación laboral, la inestabilidad legal, la ausencia de seguridad jurídica, el tamaño del mercado interno. Sin embargo, la invocación de estas causas, no han tenido como contrapartida evidencias que las validen.

En días recientes se publicó en el blog del BID (Recaudando Bienestar)[1] un estudio realizado por Ubaldo González de Frutos (Especialista Líder de Sector en Administración Fiscal en el BID, desde Ecuador) en el que advierte la posibilidad cierta de América Latina y el Caribe de recibir importantes flujos de capital en varios sectores de la economía, matizando que las normas sobre fiscalidad internacional serán claves para que se concrete esta opción para región y aportando, a partir de una encuesta cualitativa, una información relevante respecto de lo que esperan los inversionistas de los países receptores de sus capitales.

Claramente se advierte en este estudio que las administraciones tributarias de la región son percibidas por los inversores como poco preparadas, con lo cual se identifica una causa que limita el incremento de IED; otra de las aspiraciones de los inversionistas es el fin de la complejidad de los procesos y el número de formularios. Del importante documento que se comenta, se desprende que la armonización de la legislación interna con las reglas propias de la fiscalidad internacional es fundamental para los inversionistas, planteando la necesidad de revisar lo atinente a los incentivos que “debe ser más focalizada y vinculada con los montos de la inversión”, dentro de este contexto, aparece clara la necesidad de uniformizar las normas antiabuso, de suerte que las mismas tengan un alcance y contenido único, que no varíe de un país a otro. 

Al contrario de lo que se creía, para los inversionistas, “la política fiscal es un factor importante, pero no el más relevante” al momento de tomar una decisión de inversión extranjera, esta revelación desmonta un importante mito respecto los obstáculos que percibe el inversionista extranjero, que prefiere una administración tributaria preparada, una legislación interna armonizada con las reglas internacionales, una definición clara de los incentivos para la inversión.

Ecuador ha anunciado una reforma tributaria que será presentada en breve, los datos que aporta el estudio que se comenta, deben ser un importante insumo a ser tomado en cuenta, parece que la incorporación de las reglas y principios de la fiscalidad internacional es un asunto impostergable.  (O)

[1] Fiscalidad internacional en América Latina y el Caribe: Resultados de una encuesta cualitativa - Gestión fiscal (iadb.org)

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