El economista argentino Rafael La Porta, junto a Florencio López-de-Silanes y Andrei Shleifer (LLS), dedicaron más de una década a estudiar esta pregunta, recopilando información sobre las reglas y regulaciones de numerosos países.
Los contrastes que encontraron fueron enormes. En un estudio sobre 85 países, abrir legalmente una empresa requería apenas dos procedimientos y dos días hábiles en Canadá, mientras que en República Dominicana exigía 21 procedimientos y en Madagascar podía tomar 152 días. En otro estudio, realizado en 109 países, analizaron los procedimientos legales necesarios para exigir el pago de un cheque sin fondos. Mientras en Nueva Zelanda el proceso tomaba alrededor de 60 días, en Ecuador llegaba a 333: 38 correspondían a la notificación, 235 al juicio y 60 a la ejecución.
Pero detrás de estas diferencias apareció un patrón sorprendente: la complejidad de la regulación parecía estar estrechamente relacionada con el origen legal de cada país. En términos generales, los países vinculados a la tradición del civil law francés tendían a imponer una mayor carga regulatoria, mientras que aquellos pertenecientes al common law inglés mostraban una regulación menos intensa.
Estas tradiciones legales representaban dos visiones distintas sobre la organización de la vida económica y el papel que debía desempeñar el Estado. Con el tiempo, ambos sistemas se extendieron por buena parte del mundo a través de la conquista y la colonización; en América Latina, la tradición legal heredada de España y Portugal recibió, tras la independencia, una fuerte influencia francesa.
Para comprender el efecto del origen legal sobre la carga regulatoria hay que ir más allá de las leyes escritas y observar cómo opera cada tradición. A grandes rasgos, la tradición francesa ha otorgado un mayor peso a los códigos, los procedimientos formales y la regulación estatal; la inglesa, en cambio, ha concedido un mayor espacio a la independencia judicial, la resolución de disputas y la construcción de precedentes.
Pero ¿cómo se explica, entonces, que estas diferencias hayan persistido durante siglos? LLS sostienen que las leyes cambian, pero las instituciones y las ideas sobre cómo deben funcionar la ley y el Estado son mucho más persistentes. Generaciones de jueces, abogados y políticos se forman dentro de esas tradiciones y las transmiten de una generación a otra. Por eso, frente a nuevos problemas, cada tradición tiende a privilegiar herramientas diferentes: el civil law, con mayor frecuencia, regulaciones, mandatos y acción directa del Estado; el common law, contratos privados, resolución de disputas y mecanismos orientados a facilitar el funcionamiento del mercado.
Ante esta evidencia, cabe preguntarse si el origen legal constituye un destino. LLS responden con un rotundo no. Aunque algunas características de los sistemas legales han mostrado una enorme persistencia, las regulaciones pueden cambiar. De hecho, sus estudios contribuyeron al desarrollo de los indicadores que posteriormente formarían parte del Doing Business del Banco Mundial. A partir de su publicación, muchos países, independientemente de su tradición legal, los tomaron como referencia e impulsaron reformas que lograron reducir su carga regulatoria.
Y vale la pena hacerlo. Más allá de que la tramitología resulte engorrosa y molesta, sus consecuencias sobre la economía son relevantes. La evidencia muestra que una mayor carga regulatoria está asociada con más corrupción e informalidad y, en el ámbito laboral, con menor participación y mayor desempleo.
El desafío para Ecuador es cómo cambiar una realidad que arrastra una fuerte inercia institucional. Si queremos reducir nuestra carga regulatoria, primero debemos entender qué explica su persistencia. Como ocurre en la estrategia empresarial, entender bien el problema es el punto de partida para encontrar una buena solución. El origen legal no determina nuestro destino, pero entender su influencia puede ayudarnos a diseñar una mejor estrategia para reducir esa carga. (O)