Ecuador cuenta con alrededor de 1,43 millones de adultos mayores (8 % de la población) al cierre de 2022, y se espera que esta cifra alcance el 10 % en 2030 y el 17 % en 2050 . Adicionalmente, el 76 % de las personas mayores tiene una vivienda propia totalmente pagada. No obstante, uno de cada tres (43,9 %) no recibe ingreso laboral ni pensión. Por su parte, las pensiones contributivas mínimas rondan los $225 mensuales y las no contributivas suelen estar en $100, cifras que se ubican por debajo o apenas sobre la línea de pobreza.
La hipoteca inversa permite que una persona mayor convierta su vivienda en una fuente estable de ingresos sin perder el derecho de vivir en ella. Es un contrato en el que una institución financiera, generalmente respaldada por un seguro, otorga una renta periódica o un pago único, a cambio del derecho a recuperar el valor del inmueble después del fallecimiento del titular. Lo interesante es que este mecanismo ya ha sido probado con éxito en países como México, Perú y España, y los números lo respaldan.
Caso señora González en Quito
María González, de 70 años, es dueña de un departamento en el Norte de Quito, tasado en $120 000. Con una hipoteca inversa estructurada a modo peruano, comienza a recibir $450 mensuales (un 100 % más que su pensión contributiva mínima, $225) durante 15 años. Transcurrido este periodo, conservando el derecho de habitación, accede a un fondo adicional de $30 000 para remodelación o asistencia médica. Tras su fallecimiento, el inmueble se vende, se paga al banco el saldo pendiente y el remanente llega a herederos. Este esquema mejora sustancialmente su liquidez, mantiene su hogar y protege el patrimonio familiar.
En Ciudad de México, por ejemplo, los beneficiarios de hipoteca inversa reciben en promedio 26 mil pesos mexicanos mensuales, equivalentes a cerca de 1.400 dólares, una suma 52 por ciento superior a la pensión media contributiva. En el Estado de México, los pagos promedian 460 dólares, tres veces más que las pensiones no contributivas. En Perú, la ley 30741 regula esta figura desde 2018 con un marco técnico y supervisado por la Superintendencia de Banca y Seguros. El producto contempla tres modalidades: renta vitalicia, temporal o línea de crédito. Aunque su adopción ha sido moderada, el esquema regulatorio existe, y ya se han ejecutado operaciones bajo esta estructura.
El caso más avanzado en términos de volumen es el de España, donde entidades como Santander y Mapfre han formalizado cerca de 200 operaciones, por un compromiso total de crédito de 31,5 millones de euros. Esto equivale a un promedio de 157 mil euros por cliente. En 2023, los pagos efectivos alcanzaron los 11,9 millones de euros, frente a 1,6 millones el año anterior. Esto demuestra que, cuando hay respaldo bancario y claridad normativa, el instrumento puede escalar rápidamente.
Ecuador aún no cuenta con una ley específica para hipoteca inversa. El Código Orgánico Monetario y Financiero permite esquemas hipotecarios, pero no contempla ni el pago diferido durante la vida del titular, ni el derecho vitalicio de habitación, ni la cláusula de deuda non-recourse. Tampoco exige asesoría financiera ni procesos claros de tasación o ejecución. Este vacío legal ha impedido que bancos, aseguradoras y fondos de inversión diseñen y ofrezcan el producto con trazabilidad jurídica.
Desde una perspectiva de política pública, la hipoteca inversa bien estructurada aliviaría la presión fiscal sobre las pensiones no contributivas y dinamizaría el sistema financiero con un instrumento respaldado por seguros de longevidad o valores titularizados. Pero lo esencial es que miles de adultos mayores podrían acceder a una fuente digna y sostenible de ingresos sin perder su hogar.
El país necesita podría un marco normativo que reconozca la hipoteca inversa como figura autónoma, con condiciones claras para adultos mayores, evaluación profesional de inmuebles, asesoramiento obligatorio y procedimientos estandarizados. El modelo aplicado en Perú desde 2018 (Ley 30741) puede servir de referencia sólida.
Implementar esta modalidad no implica más gasto público ni subsidios. Es una alternativa técnica que permite a miles de adultos mayores transformar el valor acumulado de su vivienda en ingresos mensuales estables, sin perder su hogar ni depender de terceros. Es posible, es financieramente viable y ya funciona en países con contextos similares al nuestro. Si se aprueba una regulación clara, en menos de un año podrían comenzar los primeros contratos piloto. Es una decisión que no requiere grandes reformas, pero sí visión y voluntad. Las personas que construyeron este país merecen un retiro con autonomía y tranquilidad. (O)