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No es difícil advertir que tolerar las "revolucionarias, aunque cuerdas" ideas de Spinoza alrededor de "su" Dios violentaba la normativa protectora de la comunidad judía holandesa. Puede, entonces, entenderse mas no justificarse la excomunión del erudito Baruch.

30 Julio de 2025 13.17

Baruch Spinoza (1632-1667) es uno de los filósofos más doctos que ha parido el mundo. Nace en Ámsterdam en una familia judía de origen ibérico; fallece en La Haya. Pensadores sabios afirman que si Dios hubiese deseado hablar con algún hombre, lo habría hecho con Spinoza. Sus nociones en torno a la religión, tanto judaica como católica, cuestionan enunciados apartados de la razón para centrarse en el Dios-Naturaleza y en la Naturaleza-Dios, que al ser sustancia no requiere de elucubraciones contemplativas. Aboga por el ser superior que está en y con nosotros... en el cosmos vivido cada día, jamás a la espera de un paraíso abstracto.

Su teo-filosofía generó rabiosas reacciones entre la comunidad judía neerlandesa. El 27 de julio de 1656 fue excomulgado. La excomunión la dictaron autoridades judías civiles, no los rabinos. Aquellas estaban representadas en el ma´amad, órgano colegiado conformado por seis ancianos, no elegidos pero designados por sus antecesores, con poderes omnímodos.

En el ámbito religioso, común en todos los credos, la política está siempre presente. Países Bajos -de los cuales Holanda es una de sus provincias, cuyo nombre lo utilizaremos siendo que los eventos desarrollaron principalmente en ella- era en el siglo XVII uno de los pocos territorios europeos en que los judíos podían practicar su religión con cierta libertad. Los hebreos estaban obligados, según la normativa holandesa, a observar de forma irrestricta los principios ortodoxos de su culto, so pena de perder sus prerrogativas. Los judíos holandeses debían acatar la preceptiva político-estatal vigente para precautelar sus derechos tanto civiles como religiosos. Spinoza impugnó varias basas de la ortodoxia judeocristiana; la principal, de la cual derivan muchas otras, es la conceptuación de Dios como creador del universo.

Relacionado con la política estaba el interés de que Inglaterra dejara sin efecto su veto sobre la población hebraica. Ello exigía presentarse como unidad monolítica. Dicen los historiadores que mientras Spinoza era excomulgado, el rabino holandés Menasseh Ben Israel (1604-1657) abogaba en Londres por la causa judía ante Oliver Cromwell (1599-1658), político protestante puritano anticatólico. Ciertos cuestionamientos a algunas cimientes de la fe judía generaban controversia también entre los cristianos.

No podemos dejar de ponderar a la migración de judíos desde la península ibérica a Holanda. La Inquisición española emprendía contra la comunidad judía de manera implacable. Llegaban noticias a Ámsterdam de la muerte de hebreos ajusticiados en hogueras en Córdoba y en el norte de España. En ese ambiente, el ma´amad avizoró la conveniencia de participar disimuladamente en la política holandesa. El colectivo sefardita de Ámsterdam se alió con los calvinistas y sectores afines a la Casa de Orange, más que en defensa de esta con el propósito de marcar distancia con Johan de Witt (1625-1672), a quien consideraban de mayor riesgo para su futuro en Holanda.

Paréntesis histórico: ante la invasión de las Provincias Unidas por Luis XIV de Francia (1638-1715) en 1672, alentada por los ingleses, los Estados Generales proclamaron estatúder a Guillermo III de Orange (1650-1702). A los pocos días del ataque francés, una multitud en La Haya emprendió en contra de Johan de Witt, a quien descuartizaron, según relatos históricos.

La permanencia de los judíos en Holanda estaba reglada por un estatuto expedido en 1616, inspirado en los conceptos de Hugo Grocio (1583-1645), jurista y humanista holandés. Muy en la línea histórica neerlandesa de racionalidad ideológica, Grocio da forma al Derecho Internacional y reformula concepciones, en general, en derredor del Derecho Natural. Sostiene que este no se respalda en voluntad divina o política alguna, sino en la naturaleza que parte del hombre y de su dignidad. Habla de la convivencia armónica como factor sociopolítico básico; por ejemplo, no relega a los judíos a residir en sectores específicos, ni a llevar señal distintiva alguna.

El estatuto otorgaba reconocimiento jurídico a los asentamientos judíos en Ámsterdam. No obstante, prohibía manifestaciones ofensivas a la religión católica, la conversión de católicos y la relación sexual de judíos con cristianas. Obligaba a los hebreos mayores de catorce años a declarar "su fe en un Dios creador y señor del universo", así como en las Sagradas Escrituras y en la eternidad del alma. Grocio argumentaba que permitir a los judíos una vida pacífica en Holanda terminaría por acercarlos a la verdadera fe en Cristo. Esto en tanto, afirmaba, "el judaísmo no es una idolatría, pero el culto al Dios verdadero, con mezcla sin embargo de incredulidad". No es, pues, difícil advertir que tolerar las "revolucionarias, aunque cuerdas" ideas de Spinoza alrededor de "su" Dios violentaba la normativa protectora de la comunidad judía holandesa. Puede, entonces, entenderse mas no justificarse la excomunión del erudito Baruch. (O)

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