En 1977, la ONU institucionalizó el 8 de marzo como Día Internacional de la Mujer. Cuarenta y siete años después, resulta relevante recordar el origen y constancia en la lucha incansable del género femenino por liberarse de los confines de su rol biológico y lograr su reconocimiento en igualdad.
Como mujer afortunada, en contraste con la realidad de muchas otras, tuve el privilegio de acceder a educación superior… hoy soy abogada. Durante mis estudios de Derecho, identifiqué brechas significativas en cuanto al rol de la mujer y su relevancia en el ámbito jurídico. Observé que los textos doctrinarios, contentivos de elementos base para la formación de un abogado, están, casi en su totalidad, redactados por hombres. Al reflexionar sobre la temática de los textos referidos, resulta evidente que la exclusión de la mujer no solo se encontraba reflejada a su participación en la generación de conocimiento, sino también en la definición propia de los conceptos fundamentales abordados por estos doctrinarios. Tales conceptos, a su vez, constituyen los cimientos de la sociedad tal y como la concebimos en la actualidad.
T. Hobbes, precursor de la teoría contractualista del Estado, expone en su propuesta sobre el pacto social que el gobernante está “instituido por pacto de cada hombre con los demás, en forma tal como si cada uno dijera a todos: autorizo y transfiero a este hombre o asamblea de hombres mi derecho de gobernarme a mí mismo”.
La palabra “hombre”, gramaticalmente, puede ser empleada como término que abarca a ambos géneros. Sin embargo, en el contexto social del siglo XVII, es evidente que las mujeres estaban excluidas de la conceptualización de lo entendido como “hombre”, en el marco de la teoría contractualista del pacto social de Hobbes. Esta misma teoría es la que, posteriormente, sentaría las bases del sistema político democrático tal y como lo conocemos hoy en día.
Ante esta estructura social, las mujeres fueron apartadas de aquel “pueblo” o “sociedad” que, a través de un pacto voluntario, transfería al Estado, personificado como el “Leviatán”, el poder de gobernar. De lo anterior, se traduce que las mujeres estaban obligadas a acatar las disposiciones de “representantes” que ejercían el imperio de manera por la autoridad conferida exclusivamente por el género masculino. Hasta hace apenas un siglo atrás [momento en el cual la mujer obtuvo su derecho al voto, por primera vez, en Finlandia], la mujer no era considerada como sujeto de derecho, sino más bien como activo bilógico sujeto a las decisiones del hombre.
Aunque la narrativa pueda ser percibida como una realidad arcaica, extremadamente alejada de nuestras experiencias actuales, la brecha para alcanzar la igualdad continúa latente. Según el informe “La Mujer, la empresa y el derecho 2022” (Banco Mundial), 178 países mantienen vigentes barreras legales que obstaculizan la plena participación de la mujer en la economía y 95 países no garantizan la igualdad salarial por un trabajo de igual valor. De forma general, el informe concluye que actualmente, a nivel mundial, las mujeres acceden a solo tres cuartas partes de los derechos reconocidos a los hombres.
Estos datos reflejan cómo millones de mujeres y niñas siguen enfrentando realidades similares a la época antes descrita. En diciembre de 2022, Afganistán prohibió el acceso de las mujeres a la educación superior. Asimismo, en septiembre de 2023, Irán aprobó la “Ley de Apoyo a la Cultura de la Castidad y el Hiyab”, la cual impone severas sanciones a las mujeres que no acaten sus disposiciones, incluyendo económicas, de prisión y flagelaciones. En Ecuador, si bien se han eliminado disposiciones que excluían expresamente a las mujeres de su participación como sujetos de derecho, persiste una discrepancia entre la aparente igualdad que proyecta la Ley y la realidad nacional.
Sin perjuicio de los escenarios descritos, también existen hitos importantes y recientes a favor de la igualdad. En marzo de 2024, Francia se convirtió en el primer país en consagrar el derecho al aborto en su Constitución. Asimismo, los Juegos Olímpicos de 2024 serán los primeros en contar con igual número de atletas femeninos y masculinos. Incluso, en una realidad más cercana, en enero de 2023, entró en vigor en Ecuador la Ley Orgánica para Impulsar la Economía Violeta, norma que busca la igualdad, concibiendo a los trabajadores no desde su género sino desde su talento humano. Esto evidencia que la eliminación de legislación que contiene disposiciones expresamente discriminatorias es solo el comienzo. Es necesario promulgar normativa que permita a la mujer desarrollarse como persona en igualdad de condiciones.
Escenarios como los mencionados, constituyen mensajes esperanzadores que continúan impulsando a millones de mujeres en su lucha incansable de, en algún momento, parar de “luchar”. (O)